Elementos
de protección: Son dispositivos que permiten detectar condiciones anormales
definidas (sobrecargas, cortocircuito, corriente de falla a tierra, etc.) e
interrumpir la línea que alimenta la anormalidad u ordenar su interrupción a
través del elemento de maniobra al que está acoplado.
Interruptores
Elementos: Mono, bi, tri y tetrapolares, que tendrán un diseño tal que la
velocidad de apertura de sus polos, no depende de la velocidad de accionamiento
del operador. El tipo unipolar comprenderá a los llamados interruptores de efecto
(por ejemplo: de punto de combinación, etc.). En los interruptores bi y
tripolares, los polos accionan simultáneamente. En los interruptores
tetrapolares el polo neutro (que deberá identificarse), conectará con
anterioridad a los de las fases e interrumpirá con posterioridad a éstos.
Fusibles
Elemento: De protección cuya capacidad de ruptura deberá ser igual o mayor a la
calculada para su punto de utilización a la tensión de servicio. En todos los
casos el fusible será encapsulado y deberá ser desechado luego de su fusión.
Interruptor
con fusibles: Es la combinación en un solo conjunto de los elementos. Deberá
poseer un enclavamiento tal que para acceder a la reposición de los fusibles,
se deba previamente seccionar la alimentación. Este enclavamiento podrá
lograrse mediante traba de puerta, obstáculo de acceso a los fusibles cuando el
interruptor se encuentre cerrado, etc.
Interruptor
automático: Elemento de maniobra y protección cuya capacidad de ruptura a la
tensión de servicio, deberá ser igual o mayor a la corriente de cortocircuito
en su punto de utilización.
Interruptor
por corriente diferencial de fuga (interruptor diferencial): El interruptor
diferencial deberá estar diseñado para funcionar automáticamente cuando la
corriente diferencial de fuga exceda un valor determinado de ajuste. El
elemento de protección diferencial se podrá integrar en una misma unidad con la
protección contra sobrecarga y cortocircuito.
Los
motores de corriente alterna (mono o trifásicos) deberán tener como mínimo un
dispositivo de maniobra y protección que permita el arranque y detención del
motor mediante el cierre o apertura de todas las fases o polos en forma
simultánea; y la protección de la línea de alimentación contra sobrecargas y
cortocircuitos. En el caso de motores trifásicos de más de 0,75 kW, además de
la protección indicada anteriormente, debe utilizarse un dispositivo de
protección que interrumpa el circuito de alimentación cuando esté ausente la
tensión de una fase. Se recomienda esta protección también para motores de
menor potencia. Para la adecuada elección del método de arranque, se deberá
estudiar en todos los casos, las perturbaciones que puedan producir en la
instalación. El sistema de arranque a elegir será aquél que asegure que la
caída de tensión en la red no alcance valores inadecuados para los equipos
conectados en la línea.
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